HUGO ARIAS

La Constitución está definida como la ley fundamental de un Estado, ocupa la cúspide piramidal del cuerpo jurídico, lo que le da un rango superior sobre el resto de los componentes del aparataje normativo de una nación, tiene como objetivo fundamental los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos y delimita los poderes e instituciones de la organización política del estado y su orientación ideológica. Esta conceptuada como la norma jurídica más importante del Estado y así se le acepta. En el caso Venezolano, nace con la declaración de la independencia del Reino de España en 1811 cuando se promulga su primera Constitución, teniendo que a lo largo de su historia ha aprobado y puesta en vigencia un total de 26 Constituciones, de las que comentaremos la primera, redactada por Cristóbal Mendoza y Juan German Roscio, reconocida dentro del mundo democrático y particularmente en nuestro Continente como el primer cuerpo Constitucional aprobado en América Latina, fue declarada su vigencia el día 21 de diciembre de ese mismo año y tuvo una duración muy efímera, pues fue derogada o dejada sin efectos a raíz de la perdida de Puerto Cabello lo que trajo como consecuencia la liquidación de la primera Republica con la firma del armisticio de San Mateo el 21 de julio de 1812, la entrega de Miranda a los españoles para su encarcelamiento como preso político en la fortaleza la Carraca en Cádiz, España, hasta su muerte el 14 de julio de 1816, y el exilio de Bolívar en Curazao para luego viajar a la Costa Caribe Colombiana donde organiza su regreso a Venezuela; la de 1947 que fue la primera en reconocer el voto directo, secreto y universal de todos los venezolanos mayores de 18 años, la elección mediante sufragio del Presidente de la Republica y de los parlamentarios, e igualmente reconoció los derechos sociales y los derechos de los trabajadores, este texto tuvo vigencia hasta el 24 de noviembre de 1948 cuando un grupo de militares derriban la democracia que dirigía el Maestro Rómulo Gallegos como Presidente de la Republica y da inicio a una dictadura que dura hasta el 23 de enero de 1958. La de 1961 fue aprobada el 23 de enero de ese mismo año, por consenso de todas las fuerzas políticas existentes en el país para esa fecha, tenía un parecido con la de 1945, recompuso el país, reestableció la democracia y envió al cuerpo militar a sus cuarteles como defensores de la soberanía nacional, incluyo nuevos derechos y su vigencia fue hasta el 30 de diciembre de 1999 fecha esta en que se publicó en Gaceta Oficial la hoy vigente, sobre esta última podemos afirmar que es el resultado de un referéndum aprobatorio celebrado el 15 de diciembre de 1999, lamentablemente ella nació con la sombre de la desgracia y el dolor que nos dejó la tragedia de Vargas, muerte, desolación, destrucción, todo en cantidad incuantificable, ese triste día decembrino nos dejó la Constitución vigente y aun hoy, no sabemos porque su propulsor, el Presidente de ese entonces, la bautizo como la bicha, alias o apodo ya olvidado por los amigos del difunto, convertidos hoy en silenciosos adversarios y dirigentes grupales a lo interno partidista, de nuevas corrientes, apadrinadas por la opulencia de las verdes divisas en controversia con el rojo revolucionario, ¿sería por cariño o por el dolor que causó su natura?, lo cierto es que los herederos políticos del fallecido aprendieron muy bien la lección del irrespeto y la violación al texto constitucional, presentan como carnet un inconmensurable haber de atropellos, desconocimiento e ignorancia, que por culpa de ella tienen, irrespetan su condición sine qua non de instrumento de principios y derechos que da lugar a la legislación necesaria, para el mejor desempeño en sociedad de los habitantes del país. El actual texto Constitucional tiene disposiciones interesantes diariamente incumplidas, ejemplo de ello, en los Principios Fundamentales el artículo 4 que nos ubica como un “Estado Federal Descentralizado” mientras que en la realidad tenemos una Centralización aberrante y antidemocrática, en los Derechos Sociales y de las Familias revisemos la salud, los hospitales y su atención, el derecho al trabajo y la famosa lista del tipo aquel, en cuanto al salario dice “todo trabajador o trabajadora tiene el derecho a un salario suficiente que le permita vivir con dignidad y cubrir para sí y su familia las necesidades básicas materiales, sociales e intelectuales”(sic art. 91); en los derechos Culturales y Educativos a partir del articulo 98 revisemos su contenido y comparémoslo con la realidad que hoy se vive, las instalaciones educativas desde las primeras letras hasta la universidad, su estado actual es vergonzoso, el sueldo del docente es una miseria, por no decir otra cosa, El texto tiene mucho de bien, los malos son quienes la aplican a su antojo y no a lo que dice el texto. El pueblo los observa preocupado y molesto, tiene un voto en la mano y lo entregara con la factura, Con seguridad elegirá a quien valga la pena y el esfuerzo.

Abogado, ex diputado del Congreso Nacional, dirigente sindical.